Cambios en la Legislación Afectan la Actualización de la Rentas de Alquiler
Si actualmente estás bajo contrato de alquiler, sea como propietario o inquilino, es imperativo que te informes acerca de los cambios recientes en la legislación que categorizan el cálculo de la actualización de las rentas. La iniciativa más novedosa llega en la forma de la Ley de Vivienda, efectiva desde el 26 de mayo de 2023 y ya actúa de forma completamente operativa.
Anteriormente, según la Ley de Arrendamientos Urbanos o LAU, la actualización de la renta dependía del Índice de Precios al Consumo o IPC. Sin embargo, con la actual normativa, la subida del alquiler queda limitada por un nuevo indicador que se espera que el Instituto Nacional de Estadística finalice a más tardar el 31 de diciembre de 2024 y comience a implementarse en 2025.
Medidas Interinas Establecen Tope a la Actualización de Alquiler
Mientras se encamina hacia la vigencia del nuevo índice, el Gobierno ha establecido una serie de límites aplicables a la renta. Estos topes comenzaron a implementarse en 2023, sirviendo como medidas temporales diseñadas para mitigar el impacto económico causado por el conflicto en Ucrania y la consecuente crisis de precios. A la luz de una creciente inflación y los intentos del Banco Central Europeo (BCE) de aumentar las tasas de interés para combatirla, estas medidas ahora se fijarán de manera permanente.
De esta forma, la actualización del alquiler en 2023 quedó limitada al 2%. A partir de 2024, se estableció que ningún aumento en la renta podrá exceder el 3%. Y a partir de 2025, como se señaló anteriormente, la actualización de los contratos de alquiler dependerá del nuevo índice, cuyos detalles, por ahora, se desconocen.
¿Puede la Actualización de la Renta Ser Acumulativa?
La respuesta a esta pregunta es afirmativa, y es una consideración importante. Para clarificar esto, analicemos la nueva Ley de Vivienda. Según la norma: “el incremento de la renta será el que resulte del nuevo pacto entre las partes, sin que la variación anual de la renta pueda exceder del tres por ciento” para propietarios con gran tenencia y, si es un propietario con pequeña tenencia, “el incremento de la renta será el que resulte del nuevo pacto entre las partes. En ausencia de este nuevo pacto entre las partes, el incremento de la renta a aplicar no podrá ser superior al tres por ciento”.
Esto apunta a dos posibles escenarios para la actualización del alquiler, dependiendo de la naturaleza del propietario. Si es un gran tenedor, es necesario pactar entre propietario e inquilino un incremento de la renta, y la variación anual no puede superar el 3%. Si no se llega a un pacto en casos de propietarios con pequeña tenencia, la actualización de la renta no podrá superar el 3%.
En resumen, el panorama de las actualizaciones de renta en alquileres ha cambiado significativamente gracias a la reciente Ley de Vivienda que establece límites en el incremento de la renta, siendo afectado tanto por la cantidad de bienes inmuebles en posesión del propietario como por las negociaciones previas entre las partes contrayentes. Si bien estas medidas tienen implicaciones inmediatas, es importante estar atentos a los detalles del nuevo índice que entrará en vigor en 2025.